Intercambian especialistas sobre implementación de impuestos en el sector agropecuario
- Escrito por Yurina Piñeiro Jiménez
A fin de lograr una mejor comprensión acerca de los nuevos tributos que se aplicarán en el sector agropecuario a partir del segundo semestre del 2018, representantes del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) intercambiaron recientemente, en Pinar del Río, con directivos de la provincia.
Durante el seminario, Vladimir Regueiro Ale, director de Política de Ingresos del MFP explicó algunas particularidades del impuesto por concepto de ociosidad de la tierra, que deberán pagar los titulares de áreas improductivas, ya sean personas naturales o jurídicas.
“No se trata de una sanción, sino de un instrumento que tiene el Estado para incentivar a que propietarios, usufructuarios y arrendatarios de tierras, hagan uso efectivo de ese recurso fundamental de la economía del país y contribuyan a la producción de alimentos.
“En cuanto a la calificación de ociosidad, el Ministerio de la Agricultura define como tierras bajo este concepto a “aquellas que no están en producción agrícola, pecuaria o forestal, con excepción de las que sea necesario dejar en descanso, en pos de la rotación de cultivos; o aquellas que estén cubiertas de marabú, malezas o plantas invasoras; y las deficientemente aprovechadas, de conformidad con lo establecido en la legislación especial.” El director de Política de Ingresos del MFP insistió en que el proceso de implementación del impuesto resulta complejo, ya que este incluye identificar a cada uno de los titulares, evaluar la calidad de las tierras y su nivel de explotación. Acerca de la declaración jurada de ingresos por parte de los productores individuales, Regueiro Ale explicó que esta constituye el completamiento de un impuesto establecido en la ley tributaria. “Hoy el productor paga el impuesto sobre los ingresos personales a razón de un 5 %, que como tributo mínimo se le descuenta en ocasión de cada acopio de sus producciones. “A esto se suma ahora que, al cierre del año, cada productor individual presentará una declaración jurada y mediante la aplicación de una escala progresiva se determinará el impuesto a pagar por ese período.” Vladimir Regueiro Ale, director de Política de Ingresos del MFP precisó en su intervención que no todos los productores individuales tendrán que realizar el pago adicional al finalizar diciembre. “Aunque todos deberán llevar cuenta de sus ganancias durante el año, para poder declarar sus ingresos personales, la legislación concibe un nivel de disminución de los impuestos. Quizá en la generalidad de los casos, el 5% sea suficiente para cubrir el tributo que determine la Oficina Nacional de la Administración Tributaria.” Los ingresos que recaude el Estado por el tributo sobre la ociosidad de la tierra tendrán como destino el desarrollo de los programas agropecuarios del país, en tanto, las entradas obtenidas por el impuesto sobre los ingresos personales de los productores constituirán una contribución territorial. El próximo 5 de febrero, directivos del Ministerio de Finanzas y Precios y otros funcionarios de la provincia intercambiarán con productores de algunos municipios de Pinar del Río, con el propósito de aclarar las dudas que estos presenten y puedan valorar la repercusión social de sus contribuciones tributarias.
Sobre el Autor
Yurina Piñeiro Jiménez
Licenciada en Periodismo en la Universidad Hermanos Saíz de Pinar del Río, Cuba




